APDIS

Salud Mental

🧠 Ley 26.657 – Derecho a la Protección de la Salud Mental

Sancionada: 25 de noviembre de 2010
Promulgada: 2 de diciembre de 2010
Deroga: Ley 22.914

📌 Objetivo

Garantizar el derecho a la salud mental y la protección de los derechos humanos de todas las personas con padecimientos mentales en Argentina.

🔑 Puntos principales

1. Derechos y garantías

  • Se garantiza el pleno goce de los derechos humanos de las personas con padecimientos mentales.
  • Se reconoce a la salud mental como un proceso influido por factores sociales, económicos, culturales y biológicos.
  • Se prohíbe el diagnóstico basado en identidad sexual, status socioeconómico, creencias o antecedentes.

2. Ámbito de aplicación

  • Alcance nacional, obligatorio para todos los efectores de salud públicos y privados.

3. Abordaje de las adicciones

  • Las adicciones se incluyen dentro de las políticas de salud mental.

4. Derechos de las personas con padecimientos mentales

Incluyen:

  • Atención integral y humanizada.
  • Respeto a su identidad y privacidad.
  • Consentimiento informado para tratamientos.
  • Derecho a rechazar tratamientos espirituales o experimentales.
  • No ser discriminado ni identificado por su diagnóstico.
  • Derecho a laborterapia con retribución justa.

5. Modelo de atención

  • Se prioriza la atención ambulatoria y comunitaria.
  • Internación como último recurso, breve y supervisada.
  • Equipos interdisciplinarios deben abordar los tratamientos.
  • Se prohíbe la creación de nuevos manicomios o neuropsiquiátricos monovalentes.

6. Internaciones

  • Solo se permiten si hay riesgo cierto e inminente.
  • Deben contar con aval de al menos dos profesionales (uno psicólogo o psiquiatra).
  • La persona puede designar abogado; si no lo hace, el Estado lo proporciona.
  • Internaciones prolongadas requieren control judicial y revisión periódica.

7. Órgano de Revisión

  • Funciona en el Ministerio Público de la Defensa.
  • Vigila internaciones, recibe denuncias, evalúa condiciones y puede apelar decisiones judiciales.

8. Autoridad de aplicación

  • Ministerio de Salud de la Nación.
  • Debe elaborar un Plan Nacional de Salud Mental y destinar un 10% del presupuesto de salud a esta área en un plazo de 3 años.

9. Participación y formación

  • Promoción de formación profesional basada en derechos humanos.
  • Capacitación permanente y participación comunitaria.

10. Normas complementarias

  • Se modifican artículos del Código Civil para proteger la autonomía de personas con padecimientos mentales y limitar las declaraciones de incapacidad.

⚠️ Prohibiciones

  • Diagnósticos por razones discriminatorias.
  • Internaciones prolongadas injustificadas.
  • Creación de nuevos manicomios o instituciones monovalentes.

Impacto esperado

  • Sustituir el modelo manicomial por uno inclusivo, comunitario y basado en derechos.
  • Favorecer la integración social y laboral de las personas.
  • Controlar y supervisar la calidad y legalidad de las internaciones.